Ph.D. Tomás Páez
DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS DE LA DIÁSPORA (I)
Desde su entrada en Vigor en 1976, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en su artículo 25, reconoce el derecho de todas las personas a “participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes legítimamente elegidos; a votar y ser elegidos en elecciones periódicas, auténticas, realizadas por sufragio universal, por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores”.
La importancia del voto y las elecciones para el sistema democrático no admite dudas. Como señalaba Popper, hace posible el cambio sin derramamiento de sangre. El autor resalta la significación del voto para poder ejercer el control democrático e impedir que los gobernantes hagan más daño. Por su parte, Albert Camus resalta la necesidad de impulsar el cambio democrático cuando afirma que el fin no justifica los medios, es decir, no vale cualquier medio para salir de sistemas dictatoriales o totalitarios, como en el caso del régimen venezolano, responsable de la destrucción y saqueo del país.
Las elecciones democráticas son el medio de garantizar la gobernabilidad civil de la sociedad. El proceso electoral debe ser reconocido como legítimo por quienes participan, lo cual es crucial para resguardar la sustentabilidad y defensa del sistema democrático; lo contrario conduce a rechazar, desconocer y cuestionar los resultados.
Una de las bases de sustento de la legitimidad descansa en garantizar la universalización del derecho al sufragio, con independencia del lugar de residencia, y a elegir y ser elegido, derechos consagrados en el pacto ya citado. Esto nos conecta con la importancia del ejercicio de los derechos políticos y sociales de la diáspora, que son una parte fundamental de los derechos humanos de los individuos; su preservación es clave y de allí la importancia de protegerlos a diario, ya que no se defienden solos. Resulta paradójico que, a pesar de haber sido reconocidos por la mayoría de los gobiernos del mundo, tales derechos, en la práctica, no gozan de popularidad y carecen del respaldo necesario, en particular el derecho a ser elegido como representante en los parlamentos nacional y regional.
Aunque resulte increíble, en torno al derecho humano al voto y a la representación política de la diáspora, se producen ríspidas polémicas e importantes controversias conceptuales, que son fuente de desacuerdos, en lo referido a normas, criterios y asuntos de carácter técnico. Tales discrepancias, y en ocasiones fuertes resistencias, han sido un enorme obstáculo para alcanzar acuerdos dirigidos a instrumentar la participación de la diáspora de manera integral.
Las dificultades señaladas no han impedido avanzar y establecer acuerdos, en muchos países, con el objeto de garantizar la participación y expresión de las opiniones de la diáspora a través del voto. El mayor número de acuerdos se ha logrado en el ámbito de la elección presidencial y la participación en referendos y en mucho menor medida en las elecciones legislativas, elecciones de gobiernos y parlamentos subnacionales. Solo unos pocos países admiten y reservan una determinada cantidad de sillas de sus parlamentos nacional y regional a los representantes electos por la diáspora.
Los países que admiten el derecho al voto de sus diásporas en las elecciones presidenciales o referendos se han dotado de los mecanismos y regulaciones apropiadas para resguardarlos, excepción hecha de Venezuela, cuyo organismo electoral ha violado todos los derechos a fin de impedir la libertad de expresión de sus ciudadanos. Unos pocos países contemplan la posibilidad de que la diáspora pueda elegir a sus parlamentarios: destacan en Latinoamérica Ecuador, Colombia y República Dominicana y en Europa, Italia y Francia.
El reconocimiento del derecho de los representantes de la diáspora a ser elegidos, en no poca medida, ha sido fruto de la presión ejercida por ellos y gracias a la comprensión de las élites política, económica y social de esos países. Ha sido un esfuerzo perseverante de todos, que ha fortalecido la CONFIANZA mutua y facilitado la armonización de condiciones, requisitos y modalidades de registro y votación, así como los criterios de elegibilidad y número de sillas reservadas a la diáspora.
En Latinoamérica, Colombia estableció una circunscripción especial reservada a su diáspora. A ella se le asigna un escaño en el Parlamento, de los cinco correspondientes a minorías y grupos étnicos. En Europa, Francia cuenta, desde finales de la Segunda Guerra Mundial, con una representación de su diáspora en el Senado. Los elige la organización: “franceses en el exterior”. Esta opera como representante de los ciudadanos de ese país en el extranjero, quienes eligen de manera directa a los miembros de ese organismo.
Otro país europeo, Italia, otorga a su diáspora el derecho a representantes en ambas cámaras; 12 escaños en la de diputados y 6 en la de senadores. Dividen a la diáspora en regiones: Europa, América del Norte, América Central y del Sur y el resto del mundo. Cada una de ellas tiene reservado al menos un escaño de diputado y otro de senador y los restantes se distribuyen conforme al número de electores. Portugal, por su parte, garantiza la representación de su diáspora en la Cámara de Diputados desde 1976. Utiliza una división muy sencilla: la diáspora en Europa y la otra, la del resto del mundo, correspondiendo a cada una de ellas dos diputados y la base mínima de electores es de 55 mil. Si es menor a este número, solo dispondrá de un escaño.
Las dimensiones de la diáspora venezolana, de acuerdo a nuestro Observatorio, más de 6 millones y medio de personas, modifican el censo, sus estimaciones y proyecciones y ello afecta de manera profunda el padrón electoral venezolano. La inmensa mayoría no ha podido actualizar sus datos, ahora como migrantes, agregando dudas e incertidumbre alrededor de la calidad y credibilidad de la información del actual registro electoral.
Venezuela solo admite el voto de la diáspora en elecciones presidenciales y referendos, no obstante ser el “Estado” o “Entidad Federal” con mayor número de ciudadanos venezolanos, y se descarta su participación tanto con el voto como en calidad de candidato a la Asamblea Nacional. El número de diputados de cada entidad federal se establece según una base poblacional y un porcentaje de la población total del país. Cada entidad elige 3 diputados. A los pueblos indígenas se les reserva tres sillas. No deja de sorprender que la “región” de Venezuela con mayor número de ciudadanos sea excluida de ese derecho.
Además, el número de votos de la diáspora es decisivo en cualquier consulta electoral que se realice en Venezuela: aproximadamente el 15% del total, y no hay indicios de disminución. La nueva realidad, y la política lidia con realidades y no con cantinelas, desaconseja confinar el debate electoral y la elección solo a las fronteras convencionales de la geografía de Venezuela. Esta se ha hecho insuficiente para contener la ciudadanía venezolana esparcida por el planeta.
Parece necesario y urgente al menos un profundo debate sobre los derechos humanos de la diáspora, en particular el del voto en distintos procesos electorales y el de ser elegido. En algunas ciudades y en muchos países, el número de venezolanos es ampliamente superior al de estados de pequeñas y medianas dimensiones en Venezuela. La omisión de esta realidad desconoce y niega los derechos humanos ya citados. Este hecho es más preocupante en tiempos de globalización e internacionalización en los que resulta importante aprovechar ese inmenso activo y esa “reserva internacional” para la reconstrucción del país.
La diáspora, además de números y votos, es un activo con el que cuenta el país y cuyos efectos se hacen sentir en todos los planos: político, social, laboral, de estructura poblacional, académico, económico y cultural. Conforma, además, una nueva geografía de Venezuela con efectos sobre la votación y las modalidades de participación que requerirá modificaciones constitucionales.
Del régimen no esperamos nada. Su respuesta es muy sencilla: perpetuar su xenofobia, continuar desconociendo la existencia de la diáspora, desacreditarla, estigmatizarla e invisibilizarla. De este modo convierten en letra muerta los contenidos del pacto. Viene a nuestra memoria la burla del CNE a los ciudadanos venezolanos del Estado de Florida. Faltó poco para instalar un centro de votación en uno de los satélites chinos perdidos en el espacio. Obstáculos e inventos de requisitos con el fin de desincentivar el voto. Sus nombres quedan grabados en la historia de la ignominia.
Tampoco encontraremos respuesta entre quienes han convertido a la diáspora solo en un pretexto para atacar al régimen o entre quienes desarrollan una estrategia basada en la vulnerabilización de los más vulnerables. La diáspora en un espacio para la acción Política y Social. El papel Político (P mayúscula) de la diáspora, así como el reconocimiento de sus derechos y su compromiso con la democracia, obligan a pensar y considerar el ejercicio del voto en procesos electorales futuros y el derecho a ser elegidos como representantes de la diáspora en el Parlamento Nacional y los parlamentos regionales.